Desde el Consejo Federal de Discapacidad y sus miembros, informamos a todas las empresas de transporte público la obligación vigente de brindar acceso gratuito a las personas con discapacidad. Esta obligación se encuentra sustentada por las leyes nacionales 22.431, 24.314 y 25.635, así como por los decretos 38 y 118 de 2006, todas en vigencia.
No ha habido ninguna modificación en la normativa que exima a las empresas de esta responsabilidad. Por lo tanto, cualquier negación del servicio a personas con discapacidad constituye una infracción grave. Las empresas que no cumplen con esta obligación se enfrentarán a sanciones legales y a la judicialización correspondiente, además de multas impuestas por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).
Reafirmamos nuestro compromiso de garantizar la accesibilidad y los derechos de todas las personas con discapacidad. Exhortamos a todas las empresas de transporte público a cumplir con la legislación vigente y a respetar los derechos de sus pasajeros.
Firman este comunicado las Provincias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que conforman COFEDIS.