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09/03/2026

Sistema de Retiro Voluntario Móvil por Familiar con Discapacidad, establecido por la Ley 3807-H

El Sistema de Retiro Voluntario Móvil por Familiar con Discapacidad, establecido por la Ley 3807-H de la Provincia del Chaco, constituye un régimen especial destinado a agentes de planta permanente de la Administración Pública Provincial que tengan a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad que requiera asistencia permanente.

Podrán acceder al beneficio aquellos agentes que acrediten un mínimo de quince (15) años de aportes al Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (INSSSEP) y presenten la documentación correspondiente que demuestre el vínculo y la situación de dependencia de la persona con discapacidad.

El trámite se inicia exclusivamente mediante la plataforma digital SGT – Tu Gobierno Digital, desde donde se remite la solicitud a la Comisión Evaluadora de la Ley 3807-H.

Dicha comisión se encuentra integrada por representantes del INSSSEP, del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (IPRODICH), del Ministerio de Salud y del área de Recursos Humanos de la jurisdicción correspondiente. Su función es evaluar de manera interdisciplinaria cada solicitud.

Como parte del proceso, el solicitante es convocado a una entrevista con Junta Médica, que se realiza en la sede de IPRODICH, ubicada en Monteagudo 1640 de la ciudad de Resistencia.

La notificación de la entrevista se realiza con aproximadamente una semana de anticipación mediante los canales formales del expediente electrónico.

El dictamen emitido por la Comisión Evaluadora determinará la viabilidad del otorgamiento del beneficio, en función del grado de dependencia de la persona con discapacidad para el desarrollo de las actividades de la vida diaria.

Requisitos principales

Para acceder al beneficio se debe cumplir con los siguientes requisitos:

Ser agente de planta permanente de la Administración Pública Provincial.
 Contar con un mínimo de 15 años de aportes al INSSSEP.
 Ser progenitor o familiar responsable del cuidado de una persona con discapacidad.
 Contar con Certificado Único de Discapacidad vigente.
 Acreditar que la persona con discapacidad requiere asistencia permanente para actividades de la vida diaria.
 Solo puede solicitar el beneficio un agente por persona con discapacidad.

Documentación necesaria

La documentación requerida puede incluir:

Documento Nacional de Identidad del solicitante.
 Documento Nacional de Identidad de la persona con discapacidad.
 Certificado Único de Discapacidad vigente.
 Historia clínica actualizada.
 Partida de nacimiento u otra documentación que acredite el vínculo.
 Declaración jurada de cuidado cuando corresponda.

Cómo realizar el trámite

El trámite se realiza de manera digital.

Primero se debe iniciar la solicitud a través de la plataforma SGT – Tu Gobierno Digital.
 Luego el área de Recursos Humanos del organismo correspondiente revisa la documentación presentada.
 Posteriormente el expediente se remite a la Comisión Evaluadora de la Ley 3807-H.
 El solicitante es convocado a una entrevista con Junta Médica.
 La Comisión emite un dictamen interdisciplinario.
 Si el dictamen es favorable, se otorga el beneficio de Retiro Voluntario Móvil.

Evaluación por Junta Médica

Las evaluaciones se realizan en la sede del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (IPRODICH), ubicada en Monteagudo 1640, en la ciudad de Resistencia.

La notificación de la entrevista se envía aproximadamente una semana antes de la fecha de evaluación.

Información importante

El trámite se gestiona exclusivamente a través de la plataforma SGT – Tu Gobierno Digital.
 El haber de retiro equivale al 100 por ciento de los conceptos remunerativos del agente al momento de otorgarse el beneficio.
 El beneficio se mantiene hasta que el agente acceda a la jubilación correspondiente.